CAMPO DE LO POSIBLE
Alma mía, no aspires a la vida inmortal,
pero agota el campo de lo posible.
Píndaro, Píticas III, ep. 3
pero agota el campo de lo posible.
Píndaro, Píticas III, ep. 3
Denia y las bodas gays
La Unión Progresista de Fiscales (UPF) hizo público un comunicado de apoyo al teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Alicante, Juan Carlos López Coig, al tiempo que rechazaba «enérgicamente» las críticas de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha vertido contra él, en relación a sus declaraciones sobre la actuación de la juez de Dénia, Laura Alabau. El fiscal criticó en la prensa la actuación de la juez por el retraso de un expediente matrimonial solicitado por una pareja homosexual.
La UPF sale al paso de las críticas de la APM por las declaraciones de López Coig sobre presuntos retrasos en expedientes de matrimonios entre personas del mismo sexo, que éste atribuyó a la titular del juzgado de Instrucción número 3 de Dénia. Esta asociación de fiscales, cuya portavoz en Valencia es Gabriela Bravo, manifiesta en su escrito su oposición a la respuesta de la asociación de jueces, «en descrédito» de López Coig.Al tiempo, explica que la postura del fiscal de Alicante «no supone un ataque a la independencia de los órganos jurisdiccionales ni una falta de respeto o consideración debida a la titular del mismo, sino una censura de tal retraso por afectar a derechos de los ciudadanos e impedir la satisfacción del interés social».La UPF añade que «tachar esta manifestación como falta de consideración implica un olvido tendencioso de las funciones que el Ministerio Fiscal tiene» en su Estatuto. Entre éstas destaca, dicen, «el cumplimiento de sus funciones constitucionales como promotor de la acción de la justicia» y «velar porque la funcional jurisdiccional se ejerza eficazmente conforme a las leyes y en los plazos y términos en ellas señalados», además de «informar a la opinión pública».
La magistrada del Registro Civil de Dénia, Laura Alabau, ha emitido dos autos en los que deniega la posibilidad de contraer matrimonio entre personas del mismo sexo a dos parejas de nacionalidad británica, que presentaron su solicitud el pasado mes de febrero, según informó el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
Esta magistrada ya paralizó un expediente matrimonial el año pasado a una pareja de mujeres, al tiempo que planteaba una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional por entender que la nueva ley de matrimonios homosexuales conculcaba la Constitución. No obstante, la cuestión fue rechazada por una cuestión de forma.
Una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado «ordena» a los jueces encargados de los Registros Civiles de España la autorización de los matrimonios homosexuales entre extranjeros. No obstante, la magistrada del Registro Civil de Dénia, Laura Alabau, considera que, en base al artículo 117 de la Constitución Española, está obligada a cumplir las leyes y no las órdenes de un órgano administrativo.
En este sentido, la Fiscalía y la Dirección Nacional de Registros y Notariado se amparan en el artículo 13, que «otorga a los extranjeros las libertades públicas que garantiza el Título I».
Laura Alabau explica algunos problemas con que se encontrarían. «El pretendido cónyuge no podría suceder a su pareja en caso de muerte, excepto a través de un testamento, ni estaría obligado al cumplimiento de los deberes matrimoniales, que se rigen por su ley nacional», argumenta a través de una nota de prensa. Y añade que, «yendo más lejos, y suponiendo que conforme a la ley española adoptaran un niño, no sería reconocida la filiación que se estableciese en España, al ser el hijo de nacionalidad británica, produciéndose con todo ello una caótica situación jurídica de la familia establecida en base a este matrimonio».
Antecedentes
La decisión de la juez Laura Alabau vuelve a elevar a la encargada del Registro Civil de Dénia al escenario de la polémica por sus reparos a los matrimonios entre homosexuales. La primera ocasión en la que la juez se negó a autorizar una boda entre dos personas del mismo sexo, el caso fue noticia de ámbito nacional, por ser el primero en todo el Estado tras la entrada en vigor de la ley que permite dichas uniones civiles.
Fue el 19 de julio de 2005, cuando Alabau bloqueó la solicitud de dos mujeres para contraer matrimonio. En aquella ocasión, la juez paralizó el expediente para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de matrimonios homosexuales.
A efectos prácticos, no sólo aquellas dos mujeres padecieron la decisión de la juez, pues Dénia quedó en una situación excepcional durante siete meses en los que ningún vecino de la ciudad podía unirse en matrimonio con una persona de su mismo sexo, ya que la autorización debía pasar por manos de Alabau.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió finalmente el 14 de diciembre, por 8 votos a 4, rechazar el recurso de Alabau, y al día siguiente el TSJ anunció que la juez desbloquearía el expediente de boda entre las dos mujeres.
No obstante, no fue hasta el pasado 19 de enero cuando, las dos mujeres recibieron la notificación de la juez autorizando el matrimonio civil.
Ahora la juez de Dénia desautoriza el matrimonio de dos parejas de homosexuales británicos
A la hora de no autorizar el matrimonio, «entiende la magistrada que, dado que los solicitantes son británicos, la capacidad para contraer matrimonio se rige por su ley nacional, y en este sentido la reciente regulación británica de las uniones de pareja entre personas del mismo sexo no se puede equiparar, en modo alguno, al matrimonio que efectúa la ley española, ni en la forma ni en el contenido», explica el TSJCV.
La nota pone como ejemplo que la legislación británica recientemente aprobada tiene prohibida la adopción de niños entre parejas del mismo sexo. «Y por tanto, con arreglo a su ley nacional, los solicitantes carecen de capacidad para contraer matrimonio en España», añade.
La UPF sale al paso de las críticas de la APM por las declaraciones de López Coig sobre presuntos retrasos en expedientes de matrimonios entre personas del mismo sexo, que éste atribuyó a la titular del juzgado de Instrucción número 3 de Dénia. Esta asociación de fiscales, cuya portavoz en Valencia es Gabriela Bravo, manifiesta en su escrito su oposición a la respuesta de la asociación de jueces, «en descrédito» de López Coig.Al tiempo, explica que la postura del fiscal de Alicante «no supone un ataque a la independencia de los órganos jurisdiccionales ni una falta de respeto o consideración debida a la titular del mismo, sino una censura de tal retraso por afectar a derechos de los ciudadanos e impedir la satisfacción del interés social».La UPF añade que «tachar esta manifestación como falta de consideración implica un olvido tendencioso de las funciones que el Ministerio Fiscal tiene» en su Estatuto. Entre éstas destaca, dicen, «el cumplimiento de sus funciones constitucionales como promotor de la acción de la justicia» y «velar porque la funcional jurisdiccional se ejerza eficazmente conforme a las leyes y en los plazos y términos en ellas señalados», además de «informar a la opinión pública».
La magistrada del Registro Civil de Dénia, Laura Alabau, ha emitido dos autos en los que deniega la posibilidad de contraer matrimonio entre personas del mismo sexo a dos parejas de nacionalidad británica, que presentaron su solicitud el pasado mes de febrero, según informó el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
Esta magistrada ya paralizó un expediente matrimonial el año pasado a una pareja de mujeres, al tiempo que planteaba una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional por entender que la nueva ley de matrimonios homosexuales conculcaba la Constitución. No obstante, la cuestión fue rechazada por una cuestión de forma.
Una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado «ordena» a los jueces encargados de los Registros Civiles de España la autorización de los matrimonios homosexuales entre extranjeros. No obstante, la magistrada del Registro Civil de Dénia, Laura Alabau, considera que, en base al artículo 117 de la Constitución Española, está obligada a cumplir las leyes y no las órdenes de un órgano administrativo.
En este sentido, la Fiscalía y la Dirección Nacional de Registros y Notariado se amparan en el artículo 13, que «otorga a los extranjeros las libertades públicas que garantiza el Título I».
Laura Alabau explica algunos problemas con que se encontrarían. «El pretendido cónyuge no podría suceder a su pareja en caso de muerte, excepto a través de un testamento, ni estaría obligado al cumplimiento de los deberes matrimoniales, que se rigen por su ley nacional», argumenta a través de una nota de prensa. Y añade que, «yendo más lejos, y suponiendo que conforme a la ley española adoptaran un niño, no sería reconocida la filiación que se estableciese en España, al ser el hijo de nacionalidad británica, produciéndose con todo ello una caótica situación jurídica de la familia establecida en base a este matrimonio».
Antecedentes
La decisión de la juez Laura Alabau vuelve a elevar a la encargada del Registro Civil de Dénia al escenario de la polémica por sus reparos a los matrimonios entre homosexuales. La primera ocasión en la que la juez se negó a autorizar una boda entre dos personas del mismo sexo, el caso fue noticia de ámbito nacional, por ser el primero en todo el Estado tras la entrada en vigor de la ley que permite dichas uniones civiles.
Fue el 19 de julio de 2005, cuando Alabau bloqueó la solicitud de dos mujeres para contraer matrimonio. En aquella ocasión, la juez paralizó el expediente para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de matrimonios homosexuales.
A efectos prácticos, no sólo aquellas dos mujeres padecieron la decisión de la juez, pues Dénia quedó en una situación excepcional durante siete meses en los que ningún vecino de la ciudad podía unirse en matrimonio con una persona de su mismo sexo, ya que la autorización debía pasar por manos de Alabau.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió finalmente el 14 de diciembre, por 8 votos a 4, rechazar el recurso de Alabau, y al día siguiente el TSJ anunció que la juez desbloquearía el expediente de boda entre las dos mujeres.
No obstante, no fue hasta el pasado 19 de enero cuando, las dos mujeres recibieron la notificación de la juez autorizando el matrimonio civil.
Ahora la juez de Dénia desautoriza el matrimonio de dos parejas de homosexuales británicos
A la hora de no autorizar el matrimonio, «entiende la magistrada que, dado que los solicitantes son británicos, la capacidad para contraer matrimonio se rige por su ley nacional, y en este sentido la reciente regulación británica de las uniones de pareja entre personas del mismo sexo no se puede equiparar, en modo alguno, al matrimonio que efectúa la ley española, ni en la forma ni en el contenido», explica el TSJCV.
La nota pone como ejemplo que la legislación británica recientemente aprobada tiene prohibida la adopción de niños entre parejas del mismo sexo. «Y por tanto, con arreglo a su ley nacional, los solicitantes carecen de capacidad para contraer matrimonio en España», añade.
Boda vicepresidencial
La Vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, se "casará" el próximo mes de octubre.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega Sanz, se "casará" con una funcionaria mallorquina llamada Piedad el próximo mes de octubre.
La boda lésbica tendrá lugar el próximo 16 de octubre, festividad de Santa Margarita María de Alacoque.
El lugar es todavía una incógnita, lo que parece seguro hasta el momento es que no será en una iglesia. Asimismo, podemos revelar, también en exclusiva, que no se casa de "penalty".
Por fin sabemos la razón de tanto modelito...
Dejo aqui escrita su dirección del congreso por si alguien quiere desearle felicidades:
teresa.fernandezvega@diputada.congreso.es
Desde aqui, mi enhorabuena para ella y para su futura esposa. Que sean felices y coman perdices y...hasta que alguna "jueza" las divorcie, porque también está permitido el divorcio entre homosexuales.
Safo a Cleis
Luz Méndez de la Vega
Safo A Cleis
Me amo en ti,
y
en tu figura,
me miro,
transformada
con la forma de mi sueño.
Al acariciarte
es mi reflejo
el que acaricio
narciso
en el espejo de tu cuerpo.
Me miro, así,
toda yo
vuelta carne tuya,
belleza que amo,
seda que acaricio
en tus mejillas.
Sabor de tu piel
en la blanca corola
de tus senos
y en la oscura y dulce fruta
de tu sexo.
Lenta y deleitosa
te recorro
con mis dedos
más sabios en
formas que los de Fidias,
y vuelvo un
cinturón de oro
mis brazos en torno
a tu cintura,
mientras ávidas
mis piernas
-como lianas-
se enredan en las tuyas
al tiempo que no hay límite
entre tu boca y la mía.
¿Tú o yo?
¿Cuál soy?
¿o cuál tú eres?
Fundidas en el placer
todo se borra,
y sobre el lecho, entre
los deshojados jacintos
de las rotas guirnaldas
-con que nos adornamos
para el íntimo festejo-
sólo sé
que soy llama
encendida en tu aliento.
Enajenada en ti
sin tiempo
y sin fronteras.
Perdida el borde de mi cuerpo,
en las oscuras aguas
del orgasmo,
me entrego hasta morir
en tu belleza.
Safo A Cleis
Me amo en ti,
y
en tu figura,
me miro,
transformada
con la forma de mi sueño.
Al acariciarte
es mi reflejo
el que acaricio
narciso
en el espejo de tu cuerpo.
Me miro, así,
toda yo
vuelta carne tuya,
belleza que amo,
seda que acaricio
en tus mejillas.
Sabor de tu piel
en la blanca corola
de tus senos
y en la oscura y dulce fruta
de tu sexo.
Lenta y deleitosa
te recorro
con mis dedos
más sabios en
formas que los de Fidias,
y vuelvo un
cinturón de oro
mis brazos en torno
a tu cintura,
mientras ávidas
mis piernas
-como lianas-
se enredan en las tuyas
al tiempo que no hay límite
entre tu boca y la mía.
¿Tú o yo?
¿Cuál soy?
¿o cuál tú eres?
Fundidas en el placer
todo se borra,
y sobre el lecho, entre
los deshojados jacintos
de las rotas guirnaldas
-con que nos adornamos
para el íntimo festejo-
sólo sé
que soy llama
encendida en tu aliento.
Enajenada en ti
sin tiempo
y sin fronteras.
Perdida el borde de mi cuerpo,
en las oscuras aguas
del orgasmo,
me entrego hasta morir
en tu belleza.
San Agustin, un "santo gay" y un homosexual reprimido y hastiado de si mismo
Le guste o disguste al Vaticano, "San Agustín" es considerado un "Santo Gay" según algunas biografías bastante bien documentadas...
San Agustín nació el 13 de noviembre del 354 en Tagaste, Numidia (la actual Souk Ahras, en Argelia). Su padre, Patricio, fue un oficial romano y era pagano. Su madre, Mónica, era cristiana. De niño, San Agustín no fue bautizado ni recibió ninguna formación cristiana; a los once años fue enviado a la escuela en Madaura, un centro de cultura y aprendizaje pagano, donde adquirió amplios conocimientos sobre literatura latina.
Regresó a su casa en el 369 y dedicó un año a no hacer nada, si bien durante este período la lectura del Hortensio de Cicerón despertó su interés por la filosofía.
Al año siguiente se trasladó a Cartago, donde conoció y disfrutó de los placeres de la carne, incluida la homosexualidad. Como escribiría posteriormente en sus Confesiones: "Cuando llegué a Cartago, a mi alrededor bullía un caldero de amores ilícitos. Yo nunca había amado y estaba ansioso por amar. ( ... ) Me parecía dulce amar y ser amado, y mucho más si podía disfrutar del cuerpo de la persona amada. De modo que contaminé el agua primaveral de la amistad con la suciedad de la concupiscencia. Enlodé su limpia corriente con el infierno de la lujuria y, a pesar de ser impuro e inmoral, con mi exceso de vanidad solía comportarme como un hombre de mundo que frecuenta los lugares elegantes que están de moda. Me zambullí de cabeza en el amor, ya que anhelaba que me atrapase".
Se convirtió al maniqueísmo, una mezcla del cristianismo con otras religiones orientales que hablaba del dualismo entre el bien y el mal, la transmigración de las almas y la posibilidad de la salvación.
En su obra Christianity, Social Tolerance and Homosexuality, el historiador John Boswell escribe que "la mayoría de los maniqueos se oponían por igual a cualquier forma de sexualidad. ( ... ) Pero [los placeres homosexuales] se consideraban menos graves que los heterosexuales puesto que a) no compartían la falsa aureola de santidad que la sexualidad marital utilizaba para tentar a los desprevenidos hacia una vida autocomplaciente, y b) no atrapaban las almas dentro de la materia, como ocurría con las relaciones heterosexuales cuando producían niños".
Durante esta época, San Agustín reanudó su amistad con un joven cristiano que conocía desde la infancia y le llevó por "mal camino". La relación, que apenas duró un año, fue "lo más dulce que experimenté en toda mi vida". Años después, en sus Confesiones, San Agustín alaba la beneficencia de la mano de Dios que hizo enfermar al joven de fiebres porque, sin que él lo supiera, su familia le hizo bautizar en su lecho de enfermo y "fue arrebatado a mi locura para poder ser preservado contigo para mi consuelo. Pocos días después, estando yo ausente, regresaron las fiebres y falleció".
Incapaz entonces de apreciar la maravilla de los misteriosos designios de Dios, el joven San Agustín quedó desolado. "Todo lo que había compartido con él, sin él quedaba reducido a un tormento cruel. ( ... ) Me sorprendía que siguieran vivos otros mortales puesto que había muerto aquel a quien yo había amado como si no fuera a morir jamás. Y me sorprendió aún más el hecho de que mientras él estaba muerto yo estuviera vivo, porque él era mi "otro yo". Ya lo había dicho alguien refiriéndose a su amigo: que "era la mitad de mi alma". Había llegado a sentir que mi alma y la suya eran "una sola alma dentro de dos cuerpos". De modo que mi vida se convirtió en un horror. No quería vivir sólo con la mitad de mí mismo, y tal vez el motivo por el cual le temía tanto a la muerte era que entonces habría muerto la totalidad de mi amado amigo."
Entre los años 374 y 383, San Agustín dirigió una escuela de retórica en Cartago; después se trasladó a Roma, donde siguió enseñando retórica. Bajo la influencia de San Ambrosio, que predicaba en Roma, acabó rechazando las doctrinas maniqueas. Un domingo de Pascua, el 25 de abril del 387, San Agustín y su hijo Adeodato fueron bautizados en el cristianismo.
San Agustín se deshizo rápidamente de su amante y regresó a África en el 388. Vendió sus bienes, distribuyó el dinero entre los pobres y convirtió su casa en una comunidad monástica. Adeodato colaboró con él en el monasterio hasta su prematura muerte, a los dieciocho años.
San Agustín fue ordenado en Hipona (la actual Annabah, en Argelia) y en 395 -396 fue consagrado obispo auxiliar. Poco después fue nombrado obispo. Durante los treinta años siguientes, escribió sus obras principales, que incluyen las Confesiones (397 - 401), De Trinitate (400 - 416) y La ciudad de Dios (413 - 426).
En agosto del 430, los vándalos se apoderaron de Cartago y sitiaron Hipona. San Agustín falleció el 28 de agosto de ese mismo año, durante el sitio. Cuenta la historia que poco después los vándalos saquearon e incendiaron todo lo que encontraron en Hipona, a excepción del Monasterio Agustino.
San Agustín es considerado uno de los grandes padres de la Iglesia Católica, un pensador que cambió el curso de la civilización occidental. Esbozó los conceptos de pecado, perversión y la relación entre lo bueno y lo malo que han impregnado tanto nuestra manera de pensar que, para bien o para mal, resulta imposible concebir nuestro mundo sin ellos.
No resulta exagerado afirmar que San Agustín es responsable en gran medida nada menos que de nuestra sensación del yo subjetivo.
También ha influido en la introducción de una vena ascética en el cristianismo que llegaría a tener consecuencias de largo alcance. Partiendo de las enseñanzas de San Pablo, San Agustín condenó la mayoría de los actos sexuales, incluso los que llevaban a cabo las parejas heterosexuales casadas.
Para él, el único acto sexual moral era el que tenía por fin la procreación, e incluso así era desagradable. Escribió en sus Soliloquios que "nada degrada más el espíritu masculino que la atracción de las mujeres y el contacto con el cuerpo". Evidentemente, también estaba prohibida la homosexualidad. A este gran misógino le desagradaban particularmente los hombres que permitían que se usaran sus cuerpos "como si fuesen femeninos"; al respecto, escribió en Contra Mendacium que "el cuerpo de un hombre es tan superior al de una mujer como el alma lo es al cuerpo". Nadie impulsó como él los prolongados esfuerzos del cristianismo por suprimir cualquier manifestación física de amor, salvo aquellas destinadas a concebir hijos.
Sin duda, San Agustín aparentemente disfrutó de los placeres de la carne, tanto masculina como femenina, y que probablemente en esto no fue demasiado diferente de tantos ciudadanos de los últimos tiempos del imperio romano que no reconocían la distinción que hacemos actualmente entre homosexuales y heterosexuales.
Posteriormente, su desprecio por esos actos juveniles ha tenido y sigue teniendo importantes consecuencias para todos nosotros.
De manera similar el apóstol San Pablo, en un libro reciente y controvertido del obispo episcopalista John Spong, es descrito como "un homosexual reprimido y hastiado de sí mismo". En palabras del propio Spong: "No encuentro ninguna otra explicación que justifique la retórica autrocrítica de San Pablo, sus sentimientos negativos con respecto a su propio cuerpo y el hecho de sentirse dominado por algo que es incapaz de cambiar".